Política económica

La reforma tributaria de 2026 sigue en trámite: qué cambiaría para una empresa si se aprueba

En julio de 2026 el Ministerio de Hacienda radicó ante el Congreso un proyecto de reforma tributaria de 32 artículos, que aún debe surtir cuatro debates antes de convertirse en ley. Ninguna disposición rige todavía. Repasamos qué contempla el proyecto y qué significa planear una empresa alrededor de una norma que puede cambiar en el Congreso.

Foto de Francisco HigueraFrancisco Higuera7 min de lectura

El 20 de julio de 2026, el Ministerio de Hacienda radicó ante la Cámara de Representantes un proyecto de reforma tributaria compuesto por 32 artículos, distribuidos en cinco títulos. El proyecto declara tres objetivos: reducir el gasto tributario, corregir externalidades ambientales y de salud pública, y fortalecer el impuesto de renta y el impuesto al patrimonio en los segmentos de mayor capacidad contributiva.

Es importante decir con precisión en qué punto está: el proyecto fue radicado, pero debe surtir cuatro debates, dos en cada cámara del Congreso, antes de que cualquiera de sus disposiciones tenga fuerza de ley. Ninguna empresa debería ajustar hoy su planeación tributaria como si el proyecto ya estuviera vigente.

Por qué esta reforma llega después de otra que se hundió

Una reforma tributaria estructural, propuesta en septiembre de 2025, fue archivada en el Congreso en diciembre de ese año. Este nuevo proyecto de julio de 2026 es una iniciativa distinta, y su radicación estuvo ligada a la necesidad de sustentar el Presupuesto General de la Nación de 2026, que depende en parte del recaudo adicional que una reforma de este tipo generaría.

Que un proyecto de reforma tributaria esté radicado no es lo mismo que esté aprobado, y que esté aprobado no es lo mismo que esté vigente. Colombia ha visto varios proyectos hundirse o transformarse por completo entre la radicación y la sanción presidencial. Planear sobre un texto que aún puede cambiar es un riesgo evitable.

Qué toca el articulado, en líneas generales

  • IVA, con ajustes a exenciones y tarifas diferenciales existentes.
  • Impuesto de renta, con cambios orientados a los segmentos de mayor capacidad contributiva.
  • Impuesto al patrimonio, en la misma línea.
  • Impuestos con fines ambientales y de salud pública, como el impuesto al carbono, al tabaco y al alcohol.
  • Contribuciones parafiscales, con implicaciones para la estructura de costos laborales de algunas empresas.

La mayoría de las medidas, de aprobarse en la forma radicada, entrarían a regir a partir de enero de 2027, con periodos de transición específicos para algunos rubros como el carbón, los combustibles y el alcohol carburante. Eso da un margen de tiempo, aunque incierto, para que una empresa se prepare si el proyecto avanza.

Qué puede hacer una empresa mientras el trámite sigue

Lo más razonable no es reaccionar a cada versión del articulado que circula en prensa, sino monitorear el trámite en fuentes oficiales y mantener la estructura financiera de la empresa lo suficientemente flexible como para absorber cambios normativos sin que dependan de haberlos anticipado con exactitud. Una empresa con acceso a capital de trabajo disponible puede ajustar su operación (adelantar una compra, reorganizar una estructura de costos) con más margen que una que depende exclusivamente de su caja del mes.

Y si tu empresa cae dentro de los segmentos que el proyecto busca gravar más (patrimonio o renta alta), vale la pena empezar a modelar escenarios con tu contador ahora, sobre el texto radicado, sabiendo que puede cambiar, en lugar de esperar a la sanción presidencial para reaccionar.

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